Tipos de contratos y seguros para el coche

Una pregunta muy recurrente a la hora de comprar un coche es: ¿qué seguro le viene bien? A las dudas de si necesitamos uno a terceros o a todo riesgo, si compensa después del dineral gastado ahorrar en el seguro o, por el contrario, tener todo cubierto para proteger la inversión se le añade la posibilidad de que entren en juego otros papeleos como el contrato de compra-venta, en el caso de que se trate de un coche nuevo, de ocasión o de segunda mano entre particulares, o incluso la posibilidad de contratar préstamos con el coche en el caso de querer obtener un crédito a partir del vehículo sin necesidad de dejar de usarlo.

 

Por ello, para ahorrar en papeleos, quebraderos de cabeza y para tener presente todas las opciones, os presentamos los tipos de contratos y seguros que se pueden establecer alrededor de un coche.

 

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Contratos por su adquisición

 

El primer trámite que nos encontramos refiere a su adquisición. Ya sea para sacarlo del concesionario o si se trata de un coche de segunda mano, debemos dejar constancia de la operación comercial.

 

Para ello debemos tener muy claras las condiciones de venta, que no se limitan a ofrecer X cantidad por el vehículo simplemente, sino estipular la fragmentación de los pagos, modalidad de financiación (una entrada y después X plazos, X plazos directamente etc.) y aún más explicitas deben quedar en el caso de comprar el coche de un particular, donde debemos indicar temas más delicados como quién paga cada gasto adicional, que son:

 

  • El impuesto de transmisión de bienes: según datos de Hacienda supone un 4% del valor del coche.
  • Tasas de venta de la DGT: ronda los 42 euros y suele pagarlos el comprador.
  • Gastos de gestoría: se encuentran en torno a los 100 euros y también suele recaer en el comprador.

 

 

Seguros y garantías

 

Una vez estamos en posesión del vehículo, es obligatoria la contratación de un seguro que cubra posibles incidencias derivadas de nuestra conducción o de la de terceros. Los más comunes son 4:

 

  • Seguro a terceros: únicamente con la cobertura obligatoria resulta de los más básicos. Está destinado a cubrir los daños que ocasionemos a otro conductor.
  • A terceros ampliado: cubre igual que a terceros pero añade daño a lunas del vehículo, el robo del coche y los daños ocasionados por un incendio.
  • A todo riesgo: añade a los anteriores supuestos, los posibles daños que le causemos a nuestro vehículo siendo nosotros los culpables.
  • A todo riesgo con franquicia: la franquicia es el importe preestablecido que paga el asegurado en caso de siniestro del que sea culpable, el resto del pago, correrá a cargo de la aseguradora.

 

Contratos para su amortización

 

Las nuevas economías y formas de financiación han traído nuevas prácticas que establecen algo que hace unos años resultaba inaudito: la posibilidad de conseguir dinero por nuestro coche.

 

Como transacción económica, debe estar estipulada y regulada previamente mediante contrato, y así se deben atener en el caso por ejemplo en el que obtengamos un crédito rápido con el coche como garantía, mediante el cual se nos permite seguir usándolo.

 

Algo más turbio en cuanto a regularización es el caso en el que obtengamos beneficios económicos mediante compartir plazas en largos desplazamientos (o recientemente incluso en la misma ciudad) o incluso el alquiler particular. En estos casos no existe más garantías que las suscritas a las empresas intermediarias, que en el caso de no existir (algo poco recomendable) deberíamos garantizarnos de que quede por escrito toda condición y todo caso que se pueda plantear (desde daños, averías etc.).

 

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